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	<title>Comentarios en: YouTube denunciado por TF1</title>
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		<title>Por: pierre</title>
		<link>http://www.seoprofesional.com/youtube-denunciado-por-tf1/#comment-95051</link>
		<dc:creator>pierre</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 19 May 2009 19:39:33 +0000</pubDate>
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		<description>donc sur youtube et sur sur un autre site tv/fr,il y a une chanson chanté par charles Aznavour aprés il y 2 personnes qui chantent avec lui sur le commentaire c&#039;est marquer chanté par sa femme et sa fille,alors que c&#039;est inexacte,il est accompagné par elodie frejey et sofia qui faisait artie de la starac,alors les étrangers soit en argentine ou au canada son persuadés du contraire,alors rectifiez svp merci</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>donc sur youtube et sur sur un autre site tv/fr,il y a une chanson chanté par charles Aznavour aprés il y 2 personnes qui chantent avec lui sur le commentaire c&#8217;est marquer chanté par sa femme et sa fille,alors que c&#8217;est inexacte,il est accompagné par elodie frejey et sofia qui faisait artie de la starac,alors les étrangers soit en argentine ou au canada son persuadés du contraire,alors rectifiez svp merci</p>
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		<title>Por: YouTube denunciado por TF1 &#124; AlfonsoCarbajal.com</title>
		<link>http://www.seoprofesional.com/youtube-denunciado-por-tf1/#comment-45471</link>
		<dc:creator>YouTube denunciado por TF1 &#124; AlfonsoCarbajal.com</dc:creator>
		<pubDate>Tue, 29 Apr 2008 16:18:38 +0000</pubDate>
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		<description>[...] YouTube denunciado por TF1 [...]</description>
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		<title>Por: Gonzalo Martín</title>
		<link>http://www.seoprofesional.com/youtube-denunciado-por-tf1/#comment-43413</link>
		<dc:creator>Gonzalo Martín</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 18 Apr 2008 18:16:44 +0000</pubDate>
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		<description>Independientemente de los aspectos jurídicos, hay algo que no tiene sentido en pura coherencia con los fundamentos del servicio de televisión entendido como un servicio público: en Europa creo que ni una sola legislación deja de considerar la televisión, aunque sea privada, como un servicio público. De esa forma, se ponen a disposición del público contenidos gratuitamente con la opción de que esos señores vendan publicidad. ¿Si te lo dan gratis por qué impiden su redifusión gratis cuando ellos son incapaces de darla? La interpretación del derecho tal y como es hoy, lleva a lo siguiente: las cadenas no son dueñas de los contenidos que emiten, sino únicamente licencitarias de los derechos de los productores, quienes conceden el uso de su producto bajo determiandas condiciones. A cambio, la televisión ingresa publicidad y lleva mal que otros pongan sus contenidos y, potencialmente, ganen dinero con él. En algún sitio tenemos un agujero: usted pone a disposición, me deja que lo graba, nadie impidió nunca que nos pasarámos cintas de vídeo... pero con la distribución digital no vale. En puridad, tienen razón. Creo que moralmente no tienen ninguna: YouTube y Dailmotion no ponen los contenidos, sino los usuarios. Ellos no cobran por el contenido, sino por darme el servicio de compartirlos. El debate es si lo que se comparte está robado... y, claro, si toda la vida me lo has dado gratis... El derecho y las práticas mercantiles se tienen que invertr, más allá incluso de que potencialmente los contenidos de las cadenas se vean favorecidos por su divulgación por terceros. El mero hecho de que les beneficie y no lo reconzcan no es la razón. La razón es que disfrutan de una prebenda que nadie más puede disfrutar destinaada a difundir con libre acceso unos contenidos. Está claro que el siglo XXI es diferente.</description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Independientemente de los aspectos jurídicos, hay algo que no tiene sentido en pura coherencia con los fundamentos del servicio de televisión entendido como un servicio público: en Europa creo que ni una sola legislación deja de considerar la televisión, aunque sea privada, como un servicio público. De esa forma, se ponen a disposición del público contenidos gratuitamente con la opción de que esos señores vendan publicidad. ¿Si te lo dan gratis por qué impiden su redifusión gratis cuando ellos son incapaces de darla? La interpretación del derecho tal y como es hoy, lleva a lo siguiente: las cadenas no son dueñas de los contenidos que emiten, sino únicamente licencitarias de los derechos de los productores, quienes conceden el uso de su producto bajo determiandas condiciones. A cambio, la televisión ingresa publicidad y lleva mal que otros pongan sus contenidos y, potencialmente, ganen dinero con él. En algún sitio tenemos un agujero: usted pone a disposición, me deja que lo graba, nadie impidió nunca que nos pasarámos cintas de vídeo&#8230; pero con la distribución digital no vale. En puridad, tienen razón. Creo que moralmente no tienen ninguna: YouTube y Dailmotion no ponen los contenidos, sino los usuarios. Ellos no cobran por el contenido, sino por darme el servicio de compartirlos. El debate es si lo que se comparte está robado&#8230; y, claro, si toda la vida me lo has dado gratis&#8230; El derecho y las práticas mercantiles se tienen que invertr, más allá incluso de que potencialmente los contenidos de las cadenas se vean favorecidos por su divulgación por terceros. El mero hecho de que les beneficie y no lo reconzcan no es la razón. La razón es que disfrutan de una prebenda que nadie más puede disfrutar destinaada a difundir con libre acceso unos contenidos. Está claro que el siglo XXI es diferente.</p>
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